Acciones de inconstitucionalidad
2 de diciembre - 2015

Por Ivonne Leyva

Cuando hablamos de acciones de inconstitucionalidad, estamos hablando de un ejercicio de inconformidad que se plantea ante el órgano jurisdiccional máximo, en este caso la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien es el órgano revisor del quehacer legislativo de manera que las normas constitucionales federales o locales se ajusten a los principios máximos y respeten las garantías consagradas en nuestro Pacto Federal.

A través de la acción de inconstitucionalidad sólo puede plantearse, la no conformidad de leyes federales o locales y tratados internacionales, mas no de cualquier otro tipo de normas generales, como podrían ser los reglamentos u otra normatividad que pudiera revestir las características de generalidad y abstracción

Por considerar que hubo violaciones a la Constitución Política local y que algunas de las nuevas disposiciones atentan contra la Carta Magna del país, diversos partidos políticos, promovieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acciones de inconstitucionalidad, en contra de la pasada reforma constitucional en materia electoral en Tlaxcala.

Cuáles son algunas de las normas que los partidos políticos demandaron se declararan inconstitucionales y que hoy se declararon Validas y Constitucionales:

Entre ellas se encuentra, la reducción del número de legisladores de 30 a 25 legisladores, 15 por mayoría relativa y 10 por representación proporcional.

Se confirmó la validez de la norma que determina que es el Congreso el que debe convocar a elecciones extraordinarias y al INE en materia de distritación.

Igualmente es válida las candidaturas comunes y aquellas que determinan que la reelección no aplica para los regidores y presidentes municipales actualmente en funciones.

Por el contrario se declaró la invalidez de:

Lo Tocante con el 3 % de la votación que se debe obtener para mantener el registro y el segundo, con la paridad de género en los procesos electorales.

Además de las que se homologaban las fechas de las elecciones federales con las locales, estableciendo mandatos de poco más de 4 años para gobernador y ayuntamientos.

Ante tales argumentos deberá el Congreso del estado homologar una de las elecciones por lo menos, con las elecciones federales de 2018. Desafortunadamente esta noticia llega a unos días de arrancar el proceso electoral y estos actos no brindan seguridad ni certeza a los actores políticos y en consecuencia a los partidos políticos, pero si aunado a ello le aumentamos la constante apatía de la ciudadanía tocante a temas electorales y con estas acciones de incertidumbre, menuda tarea le han dejado al Instituto electoral local para informar a la ciudadanía de estos reveses normativos.

Agradezco la atención y lectura a este espacio de opinión y no olvido mencionar que espero sus comentarios al correo electrónico Ivonne_ley@live.com.mx.