Plantean cárcel y multas para quienes no despachen «litros completos»
27 de octubre - 2015

gilbertotemoltzin10

Tlaxcala| Gerardo Orta.- El diputado local panista José Gilberto Temoltzin Martínez, propuso penas de 6 a 10 años de prisión para aquellos propietarios de establecimientos que ejerzan lucro en beneficio propio o de un tercero, a través de la alteración de instrumentos de medición.

La iniciativa de reforma al Código Penal del Estado establece la sanción a quien por medio del engaño o aprovechando el error en que otro se halle, «se haga ilícitamente de alguna cosa».

El legislador hizo referencia, como ejemplo, a la venta y distribución de combustibles que reparten o expenden litros incompletos a la ciudadanía en algunas gasolineras sancionadas por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

“Indudablemente se da en otros giros comerciales, como puede ser el agua  embotellada, la leche a granel o en empaque. O cualquier fluido que se altere en cuanto a su cantidad. Y que para tal efecto se alteren los aparatos de medición en forma dolosa, incluso la energía eléctrica”, dijo.

Fue a través de la adición de las fracciones VI al artículo 338 y la fracción XIV al artículo 399, como el legislador sugirió tipificar esas conductas que deberán ser penadas con cárcel o bien, multas que van de los mil 90 a 3 mil 650 días de salario mínimo vigente.

En cifras reales, las sanciones que pudieran alcanzar los establecimientos abusivos, alcanzaría una multa de 76 mil pesos, hasta 255 mil pesos, “en caso de  reincidencia se procederá a la suspensión temporal o cierre definitivo del establecimiento comercial de que se trate”.

Las sanciones serán instauradas en contra de quienes alteren por cualquier medio los medidores de algún fluido en perjuicio de los consumidores.

“Igual sanción será para quien ordene la alteración, y para el caso de personas morales, será responsable penalmente el administrador y/o el representante legal”, concluyó.