Policía con derechos y obligaciones
14 de octubre - 2015

aquiahuatl

Por Mtro. José Antonio Aquiáhuatl Sánchez

Amig@s, esta semana me interesa compartir con ustedes, una preocupación por demás valida, respecto de uno de los operadores más criticados del sistema de justicia penal, que es la policía, pero debemos preguntarnos si esa crítica es válida, cuando los gobiernos, instituciones, academias policiales, no cumplen cabalmente con la capacitación, adiestramiento, profesionalización y especialización de los cuerpos de seguridad pública.

Es la capacitación y profesionalización, por personal docente, no solo certificado, sino con conocimiento jurídico y operativo policial el que lleve a cabo la preparación de los cuerpos de seguridad pública que inicien operaciones del sistema penal acusatorio.

Los integrantes de las Instituciones Policiales serán capacitados y adiestrados en el uso de la fuerza pública (uso de fuerza física y el empleo gradual de las armas incapacitantes no letales y letales).

La pregunta que debemos hacernos es: ¿Solo la policía debe actualizarse, capacitarse, en temas tales, como uso racional de la fuerza policial, lineamientos generales para poner a disposición de la autoridad personas u objetos asegurados, entre otros?

Porque en la experiencia de varias entidades federativas, donde la policía se está capacitando y llevando a cabo su función policial, de acuerdo a protocolos, acuerdos y lineamientos generales que buscan la homologación de los procedimientos policiales en los tres niveles de gobierno, federal, estatal y municipal, quienes están demostrando ignorancia, son los ministerios públicos, defensores y jueces, al momento de debatir y resolver en audiencias, la actuación policial.

Verbigracia, jueces que acribillan jurídicamente a los policías y su actuación, cuando por ignorancia de jueces y de ministerios públicos, el trabajo policial se ve mermado, en ocasiones, no por una deficiente actuación policial, sino como dijera un juez de control del sureste, por una triste y penosa actuación de quienes debería justificar y legalizar la simple detención de una persona.

Acusando y justificando su ignorancia, con resoluciones que manifiestan una supuesta violación de derechos humanos, por parte de los policías, que su único error, fue llevar a cabo su función policial, de acuerdo a protocolos y lineamientos policiales, contemplados en la constitución, jurisprudencia y acuerdos publicados en el diario oficial de la federación, que son de aplicación obligatoria.

Por ello resulta importante rescatar un tema del que nadie habla o defiende y que son; “Los derechos del policía” Y estos derechos quién los defiende o protege?.

  1. a) Protección de su vida e integridad física; (cuantas prácticas de defensa personal y prácticas de tiro, tiene un policía durante su formación de ingreso y estando activo? Que garanticen este derecho).
  2. b) Respeto a su dignidad como ser humano y autoridad, por parte de sus superiores y de la sociedad; (Cuantos policías son violentados en sus horarios y jornadas laborales, castigos y arrestos injustificados por sus superiores? Y quién garantiza este derecho).
  3. c) Capacitación en derechos humanos; (saber, conocer y ejercer, primero sus derechos humanos, como policías, para que sepan y respeten los del ciudadano).
  4. d) Conocimientos técnicos, tácticos y teóricos en la materia; (se deben exigir a los gobiernos e instituciones, cuenten con instalaciones para capacitar, preparar y practicar en técnicas y tácticas policiales)
  5. e) Equipo auto protector; (dotar de infraestructura, operativa y equipamiento para ejercer la función policial)
  6. f) Medios de transporte pertinentes; (se requieren vehículos oficiales, operativos y equipados con tecnología y aditamentos para ejercer las funciones policiales de prevención, investigación y persecución de los delitos)
  7. g) Armas incapacitantes no letales y letales, y (se requiere un control de armas y licencias colectivas que garanticen el uso y control de armas no letales y no letales)
  8. h) Atención médica, psicológica y jurídica. (Cuantos policías, se encuentran en el desamparo total, por gobiernos e instituciones, en la atención y seguimiento de lesiones, enfermedades y procesos penales, donde se ven involucrados policías, consecuencia del desempeño de sus funciones).

En conclusión, Jueces, ministerios públicos, defensores, asesores de víctimas y policías, apostemos a la capacitación y profesionalización en materia policial, para debatir y defender la actuación policial, cuando está realizada conforme al cumplimiento de su deber, no todo deviene violatorio por parte de las policías, otros operadores también se convierten violadores de derechos humanos, al momento de debatir y resolver justificando supuestas ilegalidades, cuando en realidad no existen, estudiemos más de las policías.

No olviden inscribirse al curso de destrezas de litigación conforme al código nacional de procedimientos penales, que llevaremos a cabo en Apizaco; Tlaxcala del 2 al 5 de noviembre, informes e inscripciones con la Mtra. Ivonne Leyva Díaz, al 2461227014.

Me despido de Ustedes, esperando que los comentarios sean de su utilidad, esperamos sus visitas y comentarios en nuestras páginas.

Facebook JOSÉ ANTONIO AQUIAHUATL SÁNCHEZ Y JUICIOS ORALES TLAXCALA.

TWITTER: @aquiahuatl_san

Docente certificado por evaluación de la secretaría técnica para la implementación del sistema de justicia penal en México.

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