Presenta Consejo local del INE procedimiento para registro de representantes
30 de abril - 2015

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Tlaxcala| Redacción.- El Presidente del Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Tlaxcala, Marcos Rodríguez del Castillo, durante el desarrollo de la sesión ordinaria correspondiente al mes de abril, presentó el informe sobre el procedimiento de registro de representantes generales y ante mesas directivas de casilla, que los partidos políticos y el candidato independiente podrán acreditar ante los Consejos Distritales, para su participación en la Jornada Electoral del 7 de junio de 2015.

Con fundamento en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), los partidos políticos tienen derecho a nombrar dos representantes propietarios y un suplente ante cada mesa directiva de casilla, además de representantes generales propietarios.

Al respecto, Marcos Rodríguez especificó que el pasado mes de septiembre, el Consejo General del INE aprobó el Acuerdo referente a los requisitos y datos que deberá reunir la documentación para que los partidos políticos y candidatos independientes acrediten a sus representantes generales y de casilla, así como el procedimiento a seguir, mismo que fue avalado en el mes de marzo.

El Consejero Presidente del INE en Tlaxcala, destacó que a más tardar el 25 de mayo, los partidos políticos con registro nacional, y el candidato independiente registrado en el distrito 03, deberán haber nombrado a sus representantes, por lo que en la Sesión Ordinaria del órgano colegiado celebrada este jueves, mediante un informe se señalaron los requisitos y procedimientos a cumplir.

Por su parte, la Vocalía de Organización Electoral a cargo de Mario Barbosa Ortega informó sobre la aprobación de una casilla más en el Distrito 01 con cabecera en Apizaco, por lo que en total se instalarán mil 460 casillas en la entidad.

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Lo anterior, debido a que el día 24 de abril de 2015, la Vocalía del Registro Federal de Electores entregó a los consejos distritales el listado nominal con fotografía impreso para ser utilizado en la Jornada Electoral con corte al 2 de abril de 2015, cifras que arrojaron la necesidad de instalar una casilla extraordinaria más en el municipio de Tzompantepec, perteneciente a la sección electoral 0528, por lo que en la sesión ordinaria del 28 de abril, el Consejo Distrital 01, aprobó la instalación de una casilla adicional

En la sesión ordinaria, en la que estuvieron presentes los consejeros electorales y los representantes de las fuerzas políticas acreditadas ante el INE, el titular del órgano electoral federal también presentó el informe sobre el Acuerdo del Consejo General por el que se aprueba el diseño, instalación y operación del Sistema de Información sobre el Desarrollo de la Jornada Electoral (SIJE) del 7 de junio de 2015.

En la misma sesión, Rodríguez del Castillo dio cuenta el informe sobre el procedimiento de acreditación de observadores electorales y del Proyecto de Acuerdo del Consejo del INE en la entidad, por el que se aprobó la acreditación de 67 ciudadanos que presentaron solicitud para actuar como observadores electorales del Proceso Electoral Federal 2014-2015.

De igual forma, los presidentes de las comisiones y Vocales del Registro Federal de Electores y de Capacitación Electoral y Educación Cívica dieron cuenta al pleno de los avances del proceso electoral federal, como es el caso de la cobertura de la Lista Nominal y Padrón Electoral, así como el informe final sobre las actividades de la primera etapa de capacitación electoral.

Los funcionario electorales, también informaron sobre los resultados de la evaluación de las actividades realizadas por los capacitadores-asistentes y supervisores electorales, así como de la designación de los asistentes electorales por los consejos distritales en la entidad y actividades derivadas de la segunda insaculación a partir de la lista de ciudadanos aptos para cada sección electoral, entre otros asuntos.

Por último, el consejero presidente del INE en Tlaxcala, presentó el informe sobre la recepción y trámite de las quejas, denuncias y/o medios de impugnación presentados ante las juntas local y distritales, mismas que han sido atendidas conforme al procedimiento establecido en la normatividad electoral.