Las y los trabajadores sexuales
18 de diciembre - 2014

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Víctor Manuel Morales Muñoz*

El presente tema es relevante no sólo por el hecho de que en los últimos años ha tenido bastante impacto en México la comisión de delitos como el lenocinio y la trata de personas, sino también porque es importante, en primer término, tener claro qué es el trabajo sexual.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se denomina trabajo sexual a toda actividad sexual llevada a cabo por mujeres u hombres, adultos y jóvenes, cuyo objetivo sea obtener dinero o bienes a cambio del servicio prestado, ya sea de forma regular u ocasional.

Una vez que tengamos en claro este concepto, se podrá vislumbrar un mayor panorama y así diferenciarlo de las conductas delictivas antes mencionadas, ya que en México el trabajo sexual no es un delito. Sin embargo, derivado de la lucha del gobierno mexicano para abolir tales conductas delictivas, al crear leyes y reformas, se ha estigmatizado el tema.

Lo anterior debido a que se tiene la creencia de que las personas que ejercen el trabajo sexual son víctimas de alguna red de tratantes o, peor aún, que tienen nexos con éstos. Por ello, las personas que ejercen el trabajo sexual han sido sometidas al maltrato por parte de diversos sectores de la sociedad, derivado de prejuicios morales.

Eso se vuelve aún más grave cuando las formas de maltrato o violencia transgreden la dignidad humana y son ejecutadas por servidores públicos, como aquellos encargados de la investigación y persecución de los delitos o quienes son elementos de corporaciones de seguridad pública.

A fin de evitar vulneraciones a derechos humanos en los operativos interinstitucionales que realizan diferentes entes públicos con el propósito de erradicar la comisión de los delitos de lenocinio y trata de personas, se vuelve necesario que las personas que son aseguradas en tales operativos sean tratadas, en principio, como trabajadoras o trabajadores sexuales o como posibles víctimas de trata. El fin de esto es no caer en la estigmatización o la revictimización.

Para llegar a ello, es necesario un arduo trabajo en materia de política pública encaminada a la prevención de violaciones a los derechos humanos de las y los trabajadores sexuales, así como la implementación de cursos de capacitación a efecto de especializar a los servidores públicos y concientizarlos sobre la condición y los derechos de las y los trabajadores sexuales.

 

*Defensor de Derechos Humanos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos