Casi un año después, reactivan en Congreso corregir ley vetada que prohíbe uso de plásticos y unicel
26 de febrero - 2020

Por José Luis Ahuactzin 

A once meses de que el titular del Ejecutivo del estado vetó la reforma a la Ley de Ecología y de Protección al Ambiente, el 25 de marzo de 2019, que prohíbe el uso de productos de unicel y plásticos por una serie de contradicciones; este miércoles, diputados reactivaron las mesas de análisis para corregir las observaciones y sea este mismo año que entre en vigor.

Entrevistada la diputada del PVEM, Maribel León Cruz, confirmó que sostuvo una primera mesa de trabajo con funcionarios de la Coordinación General de Ecología, SEMARNAT, Consejería Jurídica, quienes armonizarán la legislación, por lo que habrá más mesas de trabajo en los próximos días, pues son cinco observaciones al decreto 88, que prohíbe el uso de plásticos, popotes, vasos, la comercialización, entre otras restricciones, pero principalmente productos derivados de polietileno y poliestireno.

Ante ello, la diputada local, detalló que este mismo año deberá entrar en vigor la norma para prohibir en Tlaxcala el uso de plásticos, como ocurre en otras entidades del país en apoyo de la ecología y medio ambiente.

Por ello aseguró que las mesas de trabajo que se sostienen en el Congreso local continuarán hasta abordar los cinco puntos de la observación, por ejemplo, que no se definen con claridad «el programa de difusión y capacitación a los diversos sectores de la sociedad, así como la verificación, vigilancia e imposición de sanciones…».

Señala que hay «inexistencia en el decreto respecto al método y técnica a través de la cual se determinará la composición del material por el que están diseñadas las bolsas de plástico, envases, recipientes y popotes elaborados a base de polietileno y todos aquellos derivados del poliestireno…».

No existe claridad «para establecer las sanciones debe considerarse la gravedad de la responsabilidad en la que se incurra, considerando el criterio de impacto y riesgo ambiental y el monto del beneficio económico o el daño y perjuicio causado a la comunidad, por lo que no se observa la forma en la que se acreditará la gravedad de la responsabilidad para el visitado…».

También se observó que «el decreto carece de adecuaciones respecto de las atribuciones o principios rectores que los ayuntamientos deben observar en sus reglamentos municipales…», entre otras observaciones.