Afectan corridas de toros a niños psicológicamente; emite CEDH alerta
31 de octubre - 2016

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A fin de evitar posibles afectaciones psicológicas o emocionales en menores de edad por presenciar corridas de toros, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió medidas cautelares al ayuntamiento de Tlaxcala y al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) para que garanticen el derecho de las niñas, niños y adolescentes a una vida libre de violencia.

Esta acción fue implementada por la CEDH a partir de una solicitud remitida al organismo autónomo por parte de una ciudadana, quien vía correo electrónico requirió, en lo sustancial, que se emitieran medidas preventivas para prohibir el ingreso de menores de edad a las corridas de toros a realizarse en el marco de la Feria Tlaxcala 2016.

Tras el análisis del caso, la CEDH determinó que en la Convención de los Derechos del Niño, la Declaración de los Derechos del Niño, las constituciones federal y local, las leyes general y local de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como en la ley y el reglamento del propio organismo autónomo existen suficientes fundamentos jurídicos para formular medidas precautorias encaminadas a velar por el principio del interés superior de la niñez.

Por ello, la CEDH requirió al ayuntamiento de Tlaxcala que emita un comunicado en distintos medios de comunicación y en un lugar visible en las afueras de la taquilla de la plaza de toros Jorge Aguilar ‘El Ranchero’ en el que informe que presenciar corridas de toros puede generar en los menores de edad alguna afectación psicoemocional.

En tanto, el órgano defensor de los derechos humanos pidió al DIF estatal que, dentro del ámbito de su competencia y atribuciones, realice las acciones correspondientes a fin de garantizar el derecho de los menores a una vida libre de cualquier tipo de violencia.

En el escrito remitido y notificado a ambas instituciones, la CEDH reconoce que presenciar corridas de toros no genera invariablemente afectaciones psicológicas o emocionales en los menores; sin embargo, puntualiza que la obligación de las autoridades es promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos y cumplir con el principio del interés superior de la niñez, por lo que éstas deben advertir de tales riesgos a los padres de familia y, en general, a los adultos.