Gobierno abierto, obligaciones de transparencia proactivas
25 de noviembre - 2015

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Senadora Adriana Dávila Fernández

De las demandas más sentidas de los ciudadanos hacia sus gobernantes son la transparencia y la rendición de cuentas de cualquiera de los tres niveles de gobierno; tener acceso permanente a la información de una manera clara, precisa y expedita.

Es fundamental que la población en su conjunto cuente con más y mejores instrumentos que permitan y faciliten el ejercicio de sus derechos, no sólo para conocer, sino para vigilar el actuar público y así fortalecer a las instituciones.

Por ello, en el Senado de la República, revisamos, observamos, discutimos -los distintos grupos parlamentarios- y aprobamos la semana pasada, con el voto a favor de 88 Senadores, tres en contra y tres abstenciones, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, para promover y fomentar el Estado de Derecho, a través de la modernización de los procesos de gestión.

Se cumple con el objetivo de armonizar la legislación federal en la materia, con la Ley General de Transparencia aprobada el 18 de marzo pasado.

Muchas y variadas fueron las aportaciones de expertos en la materia, académicos, integrantes de las organizaciones de la sociedad civil, así como de Senadoras y Senadores, con el objeto de construir un dictamen incluyente, plural y funcional.

Es oportuno señalar que esta ley tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de los sujetos obligados, es decir, cualquier autoridad, entidad, órgano y organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, fideicomisos y fondos públicos, partidos políticos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal.

Con este marco normativo se pretende proveer lo necesario para hacer transparente la gestión pública; que cualquier solicitante tenga acceso a información pública mediante procedimientos sencillos y expeditos, que permitan tener datos oportunos, integrales, relevantes y verificables, lo cual fortalecerá la rendición de cuentas y, de igual forma, servirá para valorar el desempeño de las autoridades, mediante el escrutinio de las y los ciudadanos.

En pocas palabras, esta ley procura un gobierno abierto, que establece prácticas de Parlamento abierto para el Congreso de la Unión y de justicia abierta para los órganos del Poder Judicial.

Esto será posible porque se definen obligaciones específicas de transparencia proactiva que deberán ser publicadas en las páginas de internet de los sujetos obligados; significa poner a disposición de las y los mexicanos, información relevante sin necesidad de petición alguna.

Como lo señaló la Senadora Laura Rojas, con esta modalidad se podrá saber a quiénes se les perdona el pago de impuestos, cuánto y por qué; a quiénes ha espiado el gobierno y por qué; a cuántas mujeres y hombres del campo se les ha apoyado y de qué manera; cuántos asegurados tiene el IMSS; cuál es la riqueza natural de nuestro país; cuántos minerales nos quedan de reserva; dónde están las zonas del país contaminadas y de qué tipo de contaminación se trata; cuántas cárceles hay y en qué condiciones están; cuántas armas y de qué tipo circulan en la calle.

El Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, el Poder Legislativo, los órganos autónomos encargados de temas como competencia económica, telecomunicaciones o evaluación de la política social, el INEGI, el INE o la PGR, partidos políticos y sindicatos están sujetos a obligaciones de transparencia específica.

La expedición de este conjunto de leyes en materia de transparencia, derivan de la indignación social ante los actos de corrupción que se han presentado en el Ejecutivo Federal, diversas dependencias de gobierno y de representación popular, como los casos de las “casas blanca, de Malinalco, los moches por gestiones parlamentarias”, etc. Es necesario combatir la corrupción y la impunidad.

En el Grupo Parlamentario de Acción Nacional en el Senado de la República tenemos claro que hay temas que demandan un debate adicional, con criterios jurídicos que orienten la discusión, como es el relativo a la definición de si el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales debe contar con facultades para ordenar apertura de la información relacionada con posibles violaciones graves de los derechos humanos antes de que se pronuncie la CNDH. Es fundamental conocer lo que resuelva la Suprema Corte de Justicia de la Nación en lo relativo a los casos de San Fernando.

El acceso a la información pública es un derecho individual, pero también es un derecho social que involucra la participación de los ciudadanos y detona mecanismos de vigilancia para que el quehacer público sea recto y apegado a la verdad. Derecho consagrado en el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ahora esta minuta va a la Cámara de Diputados; estaremos pendientes de lo que ahí se discuta y vote.

No debemos olvidar que sólo con voluntad política y visión de bien común será posible que las leyes cumplan con su objetivo. Reitero, sólo con voluntad política se fortalecerá el Estado de Derecho.