Aborto
21 de abril - 2015

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La iglesia católica y la CEDH entraron en pugna por la controversia 41/2013 que está próxima a resolverse en la SCJN. Y se sabe que existe una segunda grabación de lo exigido a otro directivo de medio de comunicación por medio de los diputados que se instauraron en Santa Inquisición.

Por Edgardo Cabrera

La iglesia católica y la CEDH entraron en pugna por la controversia 41/2013 que está próxima a resolverse en la SCJN.

Los católicos por medio del obispo Francisco Moreno Barrón aprovecharon la misa del domingo para convocar a los feligreses a una marcha en contra de la “despenalización” del aborto, que consideran es el eje central de la acción de inconstitucionalidad promovida por el organismo defensor de los derechos humanos.

En contraste la CEDH rechazó los señalamientos de la iglesia y por medio del ombudsman Francisco Mixcoatl Antonio expuso que lo que combaten es el principio de la “progresividad” más no la legalización de la interrupción del embarazo.

Vamos por partes

Desde el año 2013 el organismo se inconformó porque los diputados locales legislaron sobre las rodillas, y aprobaron una primera reforma al artículo 243 del Código Penal mediante la cual se consideró delito la interrupción del embarazo en caso de que una mujer se lo practicara tras ser víctima de inseminación artificial obligada, o por decidir deshacerse del producto al presentar graves alteraciones genéticas o congénitas. La sanción establecida fue la cárcel.

La CEDH expresó su desacuerdo y luego de un análisis el Congreso enmendó la plana y volvió a reformar el Código Penal, pero de nueva cuenta lo hicieron mal, excluyeron del delito el aborto por las dos causales anteriores, pero tipificaron como infracción cuando la madre lo solicitara en caso de presentar durante el embarazo “grave daño a la salud”.

Ello motivó una primera controversia, la 18/2013, misma que fue admitida por los ministros.

Sin aún analizar el caso en la SCJN, los diputados realizaron en ese mismo año una tercera reforma, se trató del decreto 200 emitido en diciembre y mediante el cual dejaron las cosas igual que con la primera modificación, es decir, tipificaron la inseminación artificial y las alteraciones congénitas como causales de delito al practicarse un aborto.

Como consecuencia fue promovida la controversia 41.

Así la CEDH pretende regresar el Código Penal a los términos en que se encontraba antes de las reformas del 2013. Y es que en Tlaxcala las mujeres ya gozaban de 6 causales mediante las cuales el aborto estaba permitido por lo que quitarles esos derechos contraídos es, según el organismo, atentar contra el principio de progresividad.

Las causales que se pretende sean excluyentes del delito son:

  1. Por una acción imprudencial o culposa (un accidente, por ejemplo)
  2. Por violación
  3. Peligro de muerte
  4. Grave daño a la salud
  5. Inseminación artificial
  6. Alteraciones genéticas o congénitas del producto

La visión de la Iglesia

En contraste la iglesia católica por medio de su obispo Francisco Moreno consideró que dicha acción de inconstitucionalidad sentaría jurisprudencia para despenalizar el aborto, es decir, que independientemente de las 6 causales anteriores dicha práctica sea legal y la mujer en cualquier circunstancia pueda solicitar la interrupción del embarazo, algo que por cierto no se planteó en dicha controversia.

Desde la visión del obispo, al menos así transmitida a los feligreses el domingo, lo que se litiga en la SCJN es similar a lo que ocurre en el DF donde desde el año 2007 se legalizó el aborto por cualquier causa, siempre y cuando se haga antes de las primeras 12 semanas del embarazo, aunque insisto, eso no se encuentra en esa controversia de la cual existe una copia en poder de este medio.

Otra grabación

Ayer en Gentetlx difundimos una grabación que evidencia el intento de censura y condicionamiento de convenios publicitarios en el Congreso, derivado de la cacería de brujas que realizan los diputados para dar con el paradero de los responsables de filtrar la lista de los 25 familiares y allegados basificados por 22 legisladores.

Hoy sabemos que hay una segunda grabación de lo exigido a otro directivo de medio de comunicación en otra de sus “comparecencias”, y en ésta la demanda fue la misma.

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