Derecho sobre el cuerpo
19 de abril - 2015

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Pbro. Ranulfo Rojas Bretón

Es común escuchar a muchos decir: “es mi vida y yo puedo hacer con ella lo que quiero” o “que cada quien haga de su vida un papalote” y también explícitamente respecto al cuerpo se piensa que “cada quien puede disponer de su cuerpo a placer sin que nadie le ponga restricciones”. Expresiones como éstas son propias de una cultura en la que se ha exaltado en “yo” hasta el grado de llegar a ser como decía Protágoras: “el hombre es la medida de todo”. Sin embargo, aun cuando parezca algo correcto y pleno ejercicio de libertad disponer al arbitrio del propio cuerpo, dicha concepción esconde una falacia de fondo pues “nadie puede disponer de su cuerpo o de su vida como quiera sino como debe”. Trataré de explicar esta afirmación sin utilizar el recurso de una ética cristiana que por presentarse como tal sea inmediatamente descartada por quienes no comulguen con dichos principios.

La vida tal como el cuerpo, son siempre percibidos como un bien que le es propio al hombre y en la propia naturaleza se encuentra la tendencia natural a buscar el bien, a cuidar el bien y a protegerlo. El hombre desde que comienza a ser hombre, o sea durante su periodo de “hominización” siempre procuró el bien para sí mismo y para quienes comenzó a considerar “suyos”; protegió su cuerpo mediante los vestidos que fabricaba, se alimentó y alimentó a los suyos mediante los frutos que recogía y los animales que cazaba. Nunca en su naturaleza personal y colectiva generó acciones que dañaran su cuerpo o su vida, ni pusieran en riesgo la de los “suyos”. Muchas veces por defender a los suyos se vio obligado a enfrentar a las fieras o a otros hombres que identificaba como “no suyos” y por tanto, contrarios.

Para mejor cuidado de su cuerpo y de su vida fue inventando instrumentos que le facilitaran el comer, el protegerse, el defenderse y el desarrollarse. Así comenzó su desarrollo cultural, así generó arte, formas de vida, instituciones, gastronomía, medicina, artesanías, formas de vestido, hasta llegar a la construcción de sociedades para convivir mejor y evolucionar socialmente.

Aristóteles desarrolló su doctrina del hombre como “Zoon politikon”, explicaba: “El hombre solo es hombre en sociedad, si no necesitara de la sociedad sería superior a ella y entonces sería un dios o inferior a ella y entonces sería una bestia”. Esta teoría se comenzó a conocer como la teoría de derecho natural.

En la creación de la filosofía del derecho gusto de exponer el surgimiento del derecho a partir de un reconocimiento de igualdad y similitud, recurriendo a la experiencia de Robinson Crusoe, la creación de Daniel Defoe. Imaginemos que un hombre se encuentra solo en una isla, en ella encuentra todo lo necesario para sobrevivir y domina sobre los elementos, el agua, las plantas, e incluso sobre las fieras, algunas las utiliza para su alimentación y otras le sirven como transporte o para cargar cosas de un sitio a otro. Ha aprendido a “utilizar los medios que se encuentra”, a todos ellos los ve siempre como seres que están para su servicio. De pronto un día se encuentra con un ser que no se parece a las plantas porque se mueve por sí mismo, pero tampoco se parece a los animales, más bien, tiene cierto parecido consigo mismo, tiene manos como él, tiene brazos y piernas como él, rostro como él, es muy semejante a sí mismo y entonces surge el dilema: o lo trata como a los demás seres que conoce, por tanto, “lo utiliza” o lo “reconoce como igual” y entonces le da un trato como se lo da a sí mismo. Entonces comienza el reconocimiento de los derechos que se reconoce como para sí mismo.

El primer derecho que el hombre se reconoce para sí mismo es el derecho a la vida. Si quiere cumplir con toda la etapa de vida debe ser cuidado en ese derecho desde su comienzo hasta su fin natural. Por eso el hombre no atenta contra sí mismo en ninguna etapa de ese proceso porque iría contra su misma naturaleza. El bien máximo que tiene es su vida y lo mejor que puede hacer por ella es cuidarla en todas y cada una de las etapas por las que pasa, reconociendo que tan importante es una etapa que otra. A veces se ha querido dar importancia a etapas como la niñez o la juventud, pero no se puede exaltar ninguna en menosprecio de otras como puede ser la vejez o la etapa embrionaria, pues una no podría ser sin la otra ya que son parte del mismo proceso vital.

Eliminar una parte del proceso sería atentar contra el derecho fundamental o bien fundamental de la persona humana, el derecho a existir. Y así como no sería justo eliminar a un niño que vive en el entorno familiar, o a un joven en el ambiente escolar, o a un adulto a en ambiente laboral, o a un anciano en una casa de retiro, o a un hombre enfermo, pues su derecho debe ser salvaguardado, así de ese tamaño debe ser salvaguardado el derecho de la persona que vive en su entorno intrauterino. No faltará quien diga que ocupa un espacio de otra persona que en este caso sería la mamá y tiene razón, pero así como hay que cuidar el entorno familiar para un correcto desarrollo, y el ambiente escolar para un correcto aprendizaje, así también se debe cuidar el ambiente intrauterino para ese correcto desarrollo. Lo fundamental es que se entiende que si ocupa el espacio dentro de una mujer es porque necesita de ese ambiente pero no se trata de la misma persona sino de otra persona que solo está ocupando por un tiempo marcado por la naturaleza ese útero. Pasados unos meses, saldrá de él y entonces debe entender la mujer que alberga ese ser que está colaborando al desarrollo de ese ser tal y como lo hicieron con ella misma y que si le respetaron ese derecho, lo mismo debe hacer con ese “otro ser”.

Nadie puede disponer de su cuerpo para algo que dañe a su mismo cuerpo, pues sería algo contrario a su naturaleza y tratándose de otra persona, con mayor razón no podría disponer de acciones que tuvieran como finalidad el daño a “otro ser” que por su propia naturaleza necesita de la cooperación de quien lo alberga y en cuyo vientre no solo está protegido sino se está desarrollando y alimentando. Por lo que pasa en su vientre, y en un acto de responsabilidad natural, la mujer debe alimentarse y tomar los medicamentos que permitieran que la vida de esa persona que se está gestando logre un desarrollo de acuerdo a cada etapa que está pasando en ese entorno vital.

La misma sociedad tiene la obligación de tutelar el desarrollo de esa persona en su etapa embrionaria y por tanto debe emitir leyes que permitan que no se viole el derecho a existir que tiene cada ser humano, y más cuando ni siquiera puede valerse por sí mismo.