¡Lista la convocatoria!
26 de noviembre - 2014

Por Ivonne Leyva

Como parte de los actos relativos al proceso electoral de 2015, el Instituto Nacional Electoral por sus siglas INE, aprobó el pasado 19 de Noviembre del presente año, los criterios aplicables, el modelo único de estatutos y la Convocatoria para el registro de Candidatas y Candidatos Independientes, para aquellos que quieran contender por el Cargo de Diputado  o Diputada Federal por el principio de mayoría relativa para el proceso electoral 2014-2015.

Como ya lo habíamos comentados en otras entregas el artículo 35, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 7 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se consagra el derecho para aquellos ciudadanos y ciudadanas que soliciten su registro de manera independiente para contender para un cargo de elección popular siempre y cuando cumplan con los requisitos, condiciones y términos de cada legislación.

De esta manera a efecto de establecer los requisitos, condiciones y términos antes mencionadas el Consejo General del INE, aprobó el acuerdo INE-CG-273-2014 el antiguo 19 de Noviembre del año en curso, por el cual se emiten los criterios aplicables, el modelo único de estatutos y la Convocatoria para el registro de Candidatas y Candidatos Independientes para aquellos que quieran contender por el Cargo de Diputado  o Diputada Federal por el principio de mayoría relativa para el proceso electoral 2014-2015.

Será el Instituto Nacional Electoral a través de sus Direcciones Ejecutivas y unidades técnicas quienes lleven a cabo la organización y desarrollo de dichas elecciones, por lo que a través de este acuerdo el INE establece cuales son los pasos a seguir para solicitar el registro.

A groso modo, dichos criterios establecen de la obligación que tienen el ciudadano de manifestar ante la autoridad electoral administrativa a través del escrito respectivo de la intención que tiene de ser candidato, y con esta manifestación de intención se deberá adjuntar la documentación que acredite la creación de la persona moral en Asociación Civil, a la cual se le dará el mismo tratamiento de partido político y el cual debe apegarse sin excepción al modelo único de los estatutos de constitución de persona moral, el cual se puede consultar a detalle en la página del INE.

De modo que los ciudadanos que aspiren a ser candidatos de manera independiente deberán comenzar sus trámites porque sin duda no se antoja fácil su administración y manejo, sin duda será este proceso electoral la prueba de fuego respecto a la viabilidad y manejo de estas candidaturas.

Algunos datos que otorga el INE  a través de este acuerdo son los siguientes: Se establecen los estatutos que deberá contener el acta constitutiva de la Asociación civil; aprueba la convocatoria para aquellos ciudadanos interesados en postularse a candidatos para Diputadas y Diputados Federales; define el tope máximo de gastos tendientes a recabar el apoyo ciudadano por la cantidad de $112,037.36 (Ciento doce mil, treinta y siete pesos, 36/100 mn.). Y por último se aprobaron los formatos  que se irán presentando de acuerdo a la etapa en la que curse el ciudadano aspirante y/o el candidato Independiente, para dar cumplimiento a los requisitos de ley.

Agradezco la atención de Usted amable lector esperando que estas acotaciones sean de utilidad y no olviden enviar sus comentarios al correo electrónico ivonne_ley@live.com.mx  Excelente semana.